• Enero
    ESPECULACION INMOBILIARIA EN LEZAMA, NON STOP!. AHORA LONJAS PARA VIVIENDAS.
    La especulación inmobiliaria es una práctica denunciable que sin embargo viene repitiéndose en los últimos años y hasta décadas, también en nuestro entorno más inmediato. En Lezama ,desgraciadamente , algo sabemos de ello.
    Cuando hablamos de especulación inmobiliaria hacemos referencia al menos a dos intervinientes : Uno el propietario de un inmueble, terreno o edificación, que quizás considera poco productivo o del que esperaba obtener un mayor beneficio del que está sacando. Y , segundo interviniente, la Administración con capacidad para cambiar a su exclusivo criterio la clasificación o la calificación urbanística de ese inmueble y que , por lo tanto, en esa medida , tiene capacidad de modificar al alza o a la baja su valor, sólo por esta decisión.
    Cuando el interviniente uno tiene cierta capacidad de influencia sobre el interviniente dos, y el interviniente dos , no tiene escrúpulos en tomar decisiones para favorecer al interviniente uno ,aunque perjudique el interés común, entonces se dan las condiciones suficientes para una operación especulativa. Esta operación quizás pueda ir contra la lógica económica, o pueda perjudicar la sostenibilidad ambiental o la calidad de vida del conjunto, pero cumplirá su objetivo si los intereses del interviniente uno se ven favorecidos. Esto es la especulación urbanística inducida desde la Administración y, por lo tanto, denunciable.
    Hemos conocido ejemplos sangrantes de especulación urbanística a nivel nacional , estatal y hasta mundial . Pero los casos que conocemos a nivel municipal son también de libro: Aretxalde de rural a industrial, Txupetxa de inundable a edificable, caseríos en zona no urbanizable a divisibles en cuatro viviendas...y ahora el Ayuntamiento acaba de aprobar una ordenanza para permitir que algunas lonjas se puedan convertir en viviendas. Ninguna de esas actuaciones está social, económica o medioambientalmente justificada. Es mentira que medie demanda social ni interés general, pero en todas ellas tenemos la intervención de los dos sujetos necesarios y suficientes. Uno, algunos propietarios con ambición y con capacidad de influir en las decisiones del ayuntamiento y, dos, este ayuntamiento, con capacidad de tomar decisiones urbanísticas y dispuesto a favorecer estos intereses particulares. En todos los casos citados el Ayuntamiento con su actuación ha incrementado "de facto" el precio de los inmuebles posibilitando la obtención de una plusvalía a sus propietarios, sin mediar justificación social o económica suficiente,e incluso perjudicando el interes colectivo. Eso es lo que se llama especulación, pura y dura.
    Como decimos el caso más reciente es la aprobación por el Pleno municipal del 13 de diciembre pasado de la "Ordenanza reguladora del cambio de uso de locales a vivienda en suelo urbano...". Seis páginas escasas para materializar otro pelotazo por el que algunas lonjas de Lezama podrán obtener la licencia para convertirse en viviendas. Y apenas se establecen condiciones o limitaciones a este regalo de Olentzero.
    En la mayoría de municipios donde se ha autorizado este cambio de calificación se han impuesto condiciones y-o limitaciones : En la mayoria de ordenanzas aparece que la medida se motiva por la escasez de vivienda y se realiza para evitar desarrollos residenciales que ocupen nuevo suelo ( En Lezama es lo contrario ya que la ordenanza viene tras aprobar en el PGOU más de 500 nuevas viviendas , que con la división de caseríos podrán superar las 700); también es frecuente la limitación de que la licencia sólo la puede obtener el propietario y sólo para que sea su vivienda habitual ( en la ordenanza de Lezama no se recoge nada y solo se habla de "el interesado" que una vez obtenida la licencia incluso la puede vender) ; en muchas ordenanzas aparece asimismo que las viviendas así obtenidas estarán vinculadas al régimen de VPO. tanto en cuanto a aspectos técnicos como de limitación de precio, reconociéndose al ayuntamiento los derechos de tanteo y retracto , precisamente para evitar la especulación ( la Ordenanza de Lezama cita la referencia VPO pero sólo para aspectos constructivos pero sin poner limitaciones de transmisión , precios etc. Al contrario dice explícitamente que las viviendas resultantes tendrán la consideración de vivienda libre) . Asimismo en la ordenanza de Lezama ni siquiera se cita , como en otras, la preocupación por la preservación y apoyo a la actividad comercial, estableciendo limitaciones para que el municipio no sea definitivamente un pueblo dormitorio.
    En fin , desde nuestro punto de vista, otro disparate más en el que se vuelven a priorizar los intereses crematísticos de unos pocos por encima de cualquier otra consideración. Y lo peor es que todo indica que ya nos hemos acostumbrado a tolerar sin más este tipo de medidas que propician la especulación desde el Ayuntamiento sin apenas pedir más explicaciones, basta con que se redacte un pobre documento y que éste pase el mero trámite del Pleno Municipal.
    (Ver : http://www.lezama.eus/es-ES/Participacionciudadana/participacionenprocesosnormativos/Documents/BORRADOR%20DE%20ORDENANZA%20REGULADORA%20DEL%20CAMBIO%20DE%20USO%20DE%20LOCALES.PDF)

    Lezama Bizirk